Eugenio Ribón sitúa la seguridad jurídica y el acceso efectivo a la exoneración entre los grandes retos de la Segunda Oportunidad

  • • El decano del ICAM aboga por procedimientos “comprensibles, ágiles y jurídicamente seguros” y subraya el papel de la abogacía en la aplicación efectiva de este mecanismo durante la clausura del III Congreso Nacional de Segunda Oportunidad
  • • Magistrados, académicos y especialistas han analizado durante dos jornadas los principales problemas que persisten en la práctica concursal, desde los concursos sin masa y las microempresas hasta el crédito público y los planes de pagos

El Colegio de la Abogacía de Madrid ha cerrado este viernes su III Congreso Nacional de Segunda Oportunidad con un llamamiento a avanzar hacia criterios judiciales más homogéneos y procedimientos más ágiles y seguros que permitan trasladar a la práctica la finalidad última de este mecanismo: que las personas que cumplen los requisitos legales puedan dejar atrás una situación de endeudamiento insostenible y comenzar de nuevo.

Tras dos jornadas de análisis de la jurisprudencia más reciente y de los problemas que siguen planteándose en los juzgados, el decano del ICAM, Eugenio Ribón, ha situado la seguridad jurídica y la eficacia del sistema entre los principales desafíos que deja esta tercera edición. “Nuestra responsabilidad es conocer bien las herramientas que ofrece el ordenamiento, garantizar que puedan utilizarse con seguridad jurídica y procurar que quienes reúnen los requisitos puedan acceder realmente a esa segunda oportunidad que reconoce la ley”, ha señalado durante la clausura.

El Congreso, celebrado este jueves y viernes en la sede del ICAM, ha reunido a magistrados, académicos y profesionales especializados en insolvencia personal para confrontar la doctrina emanada del Tribunal Supremo con su aplicación cotidiana en los tribunales. Planes de pagos, crédito público, concursos sin masa, sobreendeudamiento, procedimiento especial para microempresas, Derecho europeo o concursos con elemento extranjero han formado parte de un programa concebido desde una perspectiva eminentemente práctica.

Para Ribón, ese intercambio entre quienes ejercen la abogacía y quienes aplican las normas desde los tribunales resulta especialmente relevante en una materia sometida a una intensa evolución jurisprudencial. El diálogo, ha destacado, permite “conocer mejor los criterios judiciales, detectar problemas prácticos y ofrecer un mejor asesoramiento y una mejor defensa” a los clientes.

Criterios más homogéneos

La necesidad de reducir las diferencias interpretativas ha recorrido buena parte del Congreso. Ya en su inauguración, el diputado de la Junta de Gobierno del ICAM Javier Mata advirtió de la “falta de uniformidad” en la aplicación por los tribunales inferiores de las directrices marcadas por el Tribunal Supremo y de sus consecuencias para quienes acuden al mecanismo de segunda oportunidad. “Hay personas, hay familias, hay autónomos” que necesitan una respuesta no solo ágil, recordó, sino también “predecible y uniforme”.

Dos días después, Ribón ha incluido también la homogeneidad de criterios entre las cuestiones sobre las que considera necesario seguir trabajando, junto con las dificultades que todavía plantean los procedimientos especiales para microempresas y el encaje de la regulación española con el Derecho europeo. El objetivo, ha resumido, debe ser conseguir que la segunda oportunidad funcione de manera efectiva mediante procedimientos “comprensibles, ágiles y jurídicamente seguros”.

La cuestión adquiere especial relevancia en un momento de intensa actividad de la Sala Primera del Tribunal Supremo. Durante la conferencia inaugural, la magistrada Nuria Orellana Cano explicó que esta misma semana se habían celebrado cuatro deliberaciones de recursos de casación relacionados con la segunda oportunidad y que existen nuevos asuntos señalados para octubre, entre ellos los relativos a las infracciones graves como posible causa de exclusión de la exoneración.

Orellana analizó asimismo las resoluciones dictadas por el Alto Tribunal tras la reforma concursal introducida por la Ley 16/2022, abordando cuestiones como la acreditación de los requisitos exigidos al deudor, las derivaciones de responsabilidad, los límites de exoneración del crédito público o la necesidad de que las resoluciones judiciales determinen con precisión las deudas afectadas por la exoneración.

De la jurisprudencia a los problemas de los juzgados

Sobre ese marco jurisprudencial, las distintas sesiones han trasladado el debate a algunos de los escenarios que mayores dificultades generan en la práctica profesional. El Congreso ha examinado desde las relaciones entre el Derecho concursal y el Derecho de familia hasta los planes de pagos y el sobreendeudamiento, pasando por la incidencia del Derecho europeo, los procedimientos con elementos transfronterizos, el tratamiento del crédito público, los concursos sin masa y la aplicación de la segunda oportunidad a las microempresas.

La catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid Matilde Cuena Casas ha puesto el broche académico a las jornadas con una conferencia dedicada a las sentencias del Tribunal Supremo en materia de segunda oportunidad y a su seguimiento por los tribunales inferiores, una cuestión directamente conectada con el debate sobre la uniformidad de criterios que ha vertebrado esta tercera edición.

Más allá de las cuestiones estrictamente procesales o jurisprudenciales, Ribón ha reivindicado en la clausura la dimensión humana que subyace detrás de estos procedimientos. “Cuando hablamos de segunda oportunidad no hablamos únicamente de procedimientos, requisitos o interpretaciones jurisprudenciales. Hablamos de personas”, ha afirmado, aludiendo a familias que no pueden afrontar sus deudas, autónomos cuyos proyectos no salieron adelante y emprendedores que necesitan volver a empezar.

El horizonte, según ha concluido Ribón, es avanzar hacia un sistema capaz de cumplir la finalidad para la que fue concebido: que quien haya sufrido un fracaso económico y cumpla las condiciones previstas legalmente “pueda dejar atrás una deuda insostenible y comenzar de nuevo”.

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