En la tarde del lunes, la Sección de Derecho de Familia y Sucesiones del ICAM desarrolló una sesión de debate sobre el tema “Cuestiones religiosas en los procesos de familia”, de la mano del catedrático acreditado de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad Complutense de Madrid, Prof. Dr. D. Santiago Cañamares Arribas, autor de numerosas publicaciones de su especialidad.
Sin renunciar a recordar las bases teóricas y fundamentos constitucionales que condicionan el tema, la intervención del Prof. Cañamares se caracterizó por ofrecer una amplia visión del modo en que los tribunales de distintos grados vienen a resolver en la práctica los problemas puntuales que se plantean cuando, en el marco de los procesos de familia, surgen cuestiones relacionadas con conflictos en los que esté presente el factor religioso.
Así, tras una apretada síntesis de la doctrina del Tribunal Constitucional en su Sentencia 141/2000, de 29 de mayo, y de una reflexión sobre la importancia que en la materia tiene el concepto jurídico indeterminado del “interés superior del menor”, plasmado en los criterios que al respecto contiene el artículo 2 de la LO 1/1996, de 15 de enero, efectuó un amplio recorrido por temas cruciales, ilustrado siempre con resoluciones de todos los grados (tanto del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo y, sobre todo, muy numerosos Autos y Sentencias de Audiencias Provinciales): privación de la patria potestad por radicalización religiosa del progenitor, posibles supuestos de discriminación religiosa a la hora de decidir la custodia de los hijos o limitaciones discriminatorias del régimen de visitas con motivo de la adscripción al algún grupo religioso, y las repuestas que la práctica han tenido temas tales como la atribución a uno u otro progenitor de la facultad de decidir si los hijos se bautizaban o no, si debían o no recibir formación religiosa o asistir a catequesis y/o a clases de religión, o actos de culto; y todo ello sin dejar de contemplar situaciones especialmente polémicas como las derivadas de la posible necesidad de atender a la protección de los menores cuando las convicciones religiosas de los progenitores o de los propios hijos incluyan la realización de rituales, tales como la circuncisión masculina, o supongan objeción a recibir transfusiones de sangre.
Completó la exposición con una referencia al estado actual de la jurisprudencia en lo que toca al tema de la eficacia civil de las resoluciones canónicas sobre nulidad del matrimonio y decisiones sobre matrimonio rato y no consumado, con precisas referencias a las Sentencias de nuestro Tribunal Supremo expresivas del amplio reconocimiento que obtienen en nuestro Derecho estas resoluciones, su compatibilidad con los previos pronunciamientos civiles de divorcio y el destacable dato de que, por sí mismas, no determinan una modificación de los efectos y medidas adoptados con motivo de un previo proceso matrimonial civil.
Las personas que estén interesadas en volver a consultar esta ponencia así como la presentación en Power Point del Prof. Cañamares, en la que se citan las resoluciones que mencionó durante la charla, pueden hacerlo a través del Área Reservada. Cabe destacar que solo podrán visualizar la jornada las personas que estén dadas de alta en la Sección de Familia y Sucesiones del ICAM.