La letrada Marta Moreno Corte ganó el Premio Secciones 2021 en la Sección de Derecho Tributario (I) con su trabajo «El registro de dispositivos de almacenamiento masivo en el seno de las autorizaciones judiciales de entrada en el domicilio».
No existe en nuestro ordenamiento tributario ninguna regulación sobre el acceso a los dispositivos de almacenamiento de información que puedan encontrarse en el domicilio (ordenadores, discos duros, correos electrónicos, nube, etc.) ni se exige, en consecuencia, una ponderación específica de las injerencias que pudieran producirse, más allá del derecho a la inviolabilidad del domicilio (art. 18.2 CE), en los derechos a la intimidad (art. 18.1 CE), al secreto de las comunicaciones (art. 18.3 CE) y a la protección de datos (art. 18.4 CE). Al contrario de lo que está sucediendo en el ámbito penal, la autorización judicial de entrada en el domicilio concedida por el juez de lo contencioso-administrativo está sirviendo para justificar también el acceso y copiado por parte de la AEAT de la información contenida en los dispositivos informáticos, sin valoración alguna de las posibles injerencias en los derechos mencionados. El presente trabajo se dirige a analizar, en primer lugar, la distinción entre los derechos afectados por la entrada domiciliaria y por el registro de dispositivos informáticos; en segundo lugar, la regulación de este tipo de registros en la LECrim y su posible extensión al ámbito tributario; y, en tercer lugar, la necesidad de una adecuada ponderación de los intereses públicos y privados en juego por los jueces de lo contencioso-administrativo.