El pasado lunes 6 de mayo, la Sección de Derecho Farmacéutico del ICAM, en colaboración con la Sección de Abogados Penalistas, llevó a cabo una jornada sobre la aplicación del régimen de responsabilidad de la persona jurídica en el sector farmacéutico.
El Diputado de la Junta de Gobierno del ICAM, Javier Mata, fue el encargado de inaugurar la sesión destacando la importancia de crear sinergias entre las Secciones, como esta sesión conjunta que «va a tratar de despejar todas aquellas incertidumbres que que pueden interesar a los especialistas en en ambas ramas del derecho, tanto derecho farmacéutico como el el derecho penal».
Nuria Amarilla, Presidenta de la Sección de Derecho Farmacéutico del ICAM, y Juan A. García Jabaloy y Jacobo Teijelo, Copresidentes de la Sección de Abogados Penalistas del ICAM, dieron la bienvenida a los asistentes e introdujeron el tema a tratar durante la sesión.
Así, la mesa redonda contó con la participación de un destacado panel de expertos, entre los que figuraban Alejandro Abascal, Magistrados de la Audiencia Nacional; Juan Antonio Toro, Magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid; Juan Ignacio Canosa, Director del área de Compliance de AstraZeneca España; y Mª Victoria Vega, Socia de Penal de Andersen Iberia.
Los expertos analizaron el artículo 31 bis del Código Penal, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos específicamente previstos en el Código, y exploraron los desafíos de un artículo que ha sido objeto de múltiples ajustes legislativos, incluida la reciente Ley 3/2023, de 28 de marzo.
Así, se apuntó a la implementación efectiva de programas de prevención de delitos en la industria farmacéutica como una herramienta esencial en la lucha contra posibles infracciones, pues, como expresó Nuria Amarilla, “este sector no es ajeno a la aplicación de la responsabilidad penal de la persona jurídica introducida en el año 2010, que ha sido objeto de sucesivas modificaciones y ampliaciones de la comisión de delitos o de tipos penales posibles por la persona jurídica”.