El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid celebró el pasado lunes la jornada organizada por su Sección de Consumo bajo el título “El IRPH tras las sentencias del Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo de 11-11-2025”, un encuentro que reunió a destacados expertos para examinar el alcance jurídico y procesal de las recientes resoluciones del Alto Tribunal sobre este índice hipotecario.
La sesión fue inaugurada por el decano del ICAM, Eugenio Ribón, quien centró su intervención en el análisis crítico de las sentencias 1590/2025 y 1591/2025 del Tribunal Supremo y en sus consecuencias para la protección de los consumidores. Ribón agradeció en primer lugar la organización de la jornada a la presidenta de la Sección de Consumo, Icíar Bertolá Navarro, así como la participación de los ponentes, destacando “su sobrada cualificación y la generosidad que mantienen siempre que las llamamos a participar en las jornadas”.
Durante su discurso, el decano subrayó que se trata de un asunto que lleva siguiendo “desde hace muchos, muchos años” y afirmó que, aunque el IRPH “no es que esté muerto, nos lo han dejado maltratado, muy maltratado”, todavía existen posibilidades de impugnar determinados préstamos. En este sentido, explicó que el objetivo de la jornada era analizar “cuáles son las perspectivas de futuro para los afectados”, tanto para quienes aún no han presentado demanda como para aquellos con procedimientos en curso.

Ribón advirtió de que las sentencias consolidan una línea claramente restrictiva, al descartar una nulidad automática del IRPH y apostar por un enfoque “absolutamente casuístico”. A su juicio, el Tribunal Supremo “estrecha el ojo de la aguja por el que tiene que pasar el camello para conseguir la nulidad” y se aleja del principio de protección al consumidor impulsado por la jurisprudencia europea. En este contexto, señaló que en las resoluciones “se percibe un cierto pavor a lo que podía ser una nueva avalancha de demandas de IRPH” y una voluntad de evitar una desestabilización del mercado hipotecario, “primando en definitiva no ya la seguridad jurídica, sino la rentabilidad financiera de las entidades por encima de la protección del consumidor”.
El decano también puso el acento en la exigencia de transparencia, cuestionando que la mera publicación del índice en el Boletín Oficial del Estado permita al consumidor comprender sus consecuencias económicas reales. Con ironía, afirmó que si se pidiera interpretar la fórmula del IRPH a los jueces españoles, “me juego una caña a que el 90 % no la entiende”, pese a que se exige ese nivel de comprensión al consumidor.
En cuanto a las perspectivas procesales, Ribón alertó de una “regresión de los derechos del consumidor” y de un desplazamiento de la carga probatoria hacia el prestatario, lo que obligará, según explicó, a personalizar al máximo las demandas y a apoyarlas en informes periciales económico-financieros. A su entender, solo concurrirán opciones reales de éxito cuando se acrediten tres elementos: la falta de aplicación de la normativa protectora, la ausencia de transparencia en la fase precontractual y la aportación de una pericial económica sólida.
Tras la inauguración, la jornada continuó con la moderación de Vanesa Fernández Escudero, abogada y miembro del Consejo Asesor de la Sección de Consumo del ICAM, y con las intervenciones de Javier Orduña Moreno, exmagistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo y catedrático de Derecho Civil; Jesús Sánchez García, abogado y decano emérito del ICAB; y Alicia Agüero Ortiz, profesora titular de Derecho Civil en la Universidad de Castilla-La Mancha. Los ponentes profundizaron en el análisis de las sentencias del 11 de noviembre de 2025, la evolución de la jurisprudencia sobre el IRPH y las estrategias jurídicas a seguir en los procedimientos en curso y futuros.


