Ayer, la Sección de Esports, Actividades Recreativas y Espectáculos Públicos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid celebró una interesante jornada online dedicada al incentivo fiscal para los espectáculos en vivo en España.
Moderada por José Ignacio Saldarriaga Alonso, copresidente de la Sección, la jornada ofreció a los participantes un análisis exhaustivo del marco jurídico que regula este beneficio, diseñado para estimular la inversión en el sector cultural. La sesión contó con la intervención de Ana Ojembarrena, Abogada Corporate/M&A en EJASO, y Gabriel Salsón, Tax Associate en EJASO.
Durante la sesión, se profundizó en las características y ventajas de este incentivo, que permite una deducción fiscal del 20% sobre los costes de producción y promoción de espectáculos como teatro, música, danza y circo. Esta medida, enmarcada en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, ha sido clave para revitalizar la industria cultural tras los desafíos impuestos por la pandemia, facilitando tanto el acceso a la cultura como el desarrollo de nuevas producciones.
Uno de los aspectos más destacados de la jornada fue la explicación sobre la estructura del incentivo fiscal. Los participantes conocieron las posibilidades que ofrece, incluyendo la opción de financiar actividades culturales a través de contratos de financiación o agrupaciones de interés económico, y cómo estas modalidades benefician tanto a productores como a inversores. Se subrayó, además, la importancia de contar con un equipo especializado para gestionar todas las fases del proceso, desde la generación de la deducción hasta su aplicación efectiva.
Otro tema fue la oportunidad que este incentivo representa para los profesionales del derecho, especialmente para los abogados jóvenes. Saldarriaga destacó que, aunque la normativa puede parecer compleja, su comprensión abre nuevas áreas de especialización jurídica, permitiendo a estos profesionales ofrecer un enfoque actualizado y alineado con las necesidades de los inversores y productores culturales.
La jornada también abordó aspectos legales y fiscales clave, como la cesión de deducciones y los requisitos para acceder a este beneficio, insistiendo en que cualquier sociedad o autónomo con cuota en su impuesto puede beneficiarse de manera sencilla de estas ventajas sin necesidad de realizar directamente actividades de producción.